Rubén Darío Henao Orozco[1]
Ha escasos tres meses de realizarse la primera vuelta presidencial los candidatos y precandidatos guardan absoluto silencio sobre la reforma a la justicia, únicamente Alejandro Gaviria en alguna de sus intervenciones manifestó que iba hacer dicha reforma, pero no dijo ni el como ni el que iba a reformar; sobre este mismo tema se expresó en una de sus últimas columnas un exvicepresidente como una de las reformas más importantes que el país debe enfrentar.
Cada día observamos más casos de justicia por las propias manos de los ciudadanos, linchamientos de presuntos delincuentes por la comunidad que ninguna sociedad puede soportar ni admitir y los mismos se presentan por la deslegitimación de la justicia causada principalmente por no resolver los asuntos de su competencia en un termino razonable, además de los problemas de corrupción cada vez más frecuentes no solo en la base sino también en la cúspide del poder judicial, lo que ha denominado el novelista colombiano Gustavo Álvarez Gardeazábal como una justicia tarifada.
Otro gran problema que enfrentan las Altas Cortes Colombianas son las competencias que le asigno la Carta Política de 1991 de elegir o ternar altos funcionarios del Estado, extraviando su verdadera y más elevada competencia que es la de administrar justicia por la competencia de nominar, clientelizando y de esta manera envolatando la majestad de la justicia.
Esta demostrado que el Congreso de la República es incapaz de estudiar, debatir y aprobar una reforma a la justicia que realmente acabe con los privilegios de los altos dignatarios del poder judicial, porque son los mismos magistrados los que sin recato alguno se pasean por los pasillos del Capitolio haciendo no solo el lobby ante los congresistas sino que intimidan a los mismos, por eso es que se producen verdaderos esperpentos y reformas cosméticas que en nada remedian los problemas que aquejan a la justicia colombiana; necesitamos de un poder ejecutivo fuerte que convoque un referendo limitado al tema de la justicia de acuerdo a lo establecido en el artículo 378 de la Constitución Política.
Los Magistrados de las Cortes (Constitucional, Corte Suprema, Consejo de Estado, Comisión Nacional de Disciplina, Consejo Superior de La Judicatura, Justicia Especial de Paz), además de la Fiscalía General de La Nación y los órganos de Control deben estar muy preocupados, tristes y apenados por la imagen del sistema judicial colombiano que en resultado publicado en este mes de febrero por la encuestadora INVAMER presenta una favorabilidad del 13% y un desfavorable del 80%; lo cual demuestra el estado de deslegitimidad del sistema judicial el cual se ha venido perdiendo día a día, mes tras mes, año tras año y ya por varias décadas, sin que los operadores judiciales en su gran mayoría hagan nada para revertir tan pésimo estado de legitimidad y no puede ser de otra manera estas dramáticas cifras porque el usuario de la justicia que por desgracia tiene que acudir a un juzgado administrativo, tribunal o Consejo de Estado debe esperar uno o dos años para que le dicten un auto de admisión, inadmisión o rechazo de su demanda; una vez admitida debe esperar de uno a tres años para que lo citen a la primera audiencia de trámite o lo que conocen los abogados como del artículo 180 CPACA y unos seis meses para que realicen la misma, ponen fecha para práctica de pruebas o en el mejor de los casos ponen fechas para alegatos por lo general se presentan por escrito y el expediente empieza nuevamente a recibir polvo en los anaqueles del Despacho judicial entre uno y cinco años donde se produce sentencia de primera instancia e inicia otro largo peregrinar para la interposición de recursos por la parte vencida en esta instancia, pero si esto ocurre en la jurisdicción administrativa lo mismo pasa en la justicia penal, civil y la jurisdicción disciplinaria.
La deslegitimidad de la administración de justicia no esta causada por la independencia de los jueces y en la autonomía de los mismos, no, por el contrario, se presenta por la desconfianza de la ciudadanía en los operadores judiciales que han preferido el clientelismo, la ineficacia y en muchos casos la corrupción y esto ha traspasado a la opinión ciudadana, miremos rápidamente algunos datos de la encuesta de febrero ya mencionada:
JEP: FAVORABLE 33%. DESFAVORABLE: 54%
Corte Constitucional: FAVORABLE 25%. DESFAVORABLE: 62%
Corte Suprema de Justicia: FAVORABLE 18% DESFAVORABLE: 72%
Fiscalía General de la Nación: FAVORABLE 26% DESFAVORABLE: 66%
Y la Clase dirigente y no me refiero únicamente a la clase política, ni a las altas autoridades del ejecutivo o poder judicial, sino a los grandes empresarios no se han dado cuenta o no quieren darse cuenta que si la administración de justicia se desmorona también se va a pique uno de los pilares del Estado Social de Derecho que nos rige y nuestra democracia puede ir diciendo hasta nunca; por lo cual la reforma a la Justicia no da más espera y eso que no he mencionado el estado de hacinamiento de la personas retenidas en las estaciones de policía o en las unidades de reacción inmediata que pasan meses y años en estado de concentración estilo NAZI y eso que nos denominamos una democracia pero permitimos sin denunciar estas gravísimas violaciones a los derechos humanos.
En mi opinión se debe continuar con el período constitucional de ocho (8) años para los magistrados de las Altas Cortes, pero que estos operadores jurídicos se dediquen exclusiva y excluyentemente a administrar justicia sin ninguna competencia nominadora que los distraiga, no hay tarea más importante en una sociedad que la de ser JUEZ, acá debemos resaltar la labor que viene realizando la Sala Especial de Instrucción y la Sala Especial de Juzgamiento de la Corte Suprema de Justicia que desde su reciente creación desarrollan la competencia de Instruir y Juzgar en los asuntos de su competencia y todos son casos de la más alta importancia por la calidad de las personas que investigan y juzgan, no tienen ninguna función nominadora que los distraiga de su importante misión y afortunadamente esta integrada dichas Salas por Juristas de las más altas calidades éticas, sapiencia y probidad que con su labor diaria legitiman al poder judicial y están recuperando la majestad de la Justicia.
En materia penal el proceso penal acusatorio (ley 906 del 2004) debe desaparecer el ministerio público, el cual es una figura extraña a este modelo y solo desequilibra el sistema de acusador (Fiscalía General de La Nación) titular de la acción penal y acusado, convirtiéndose en la mayoría de las ocasiones en un coadyuvante del titular de la acción penal; este personal debe ir a ocupar las plazas de nuevos jueces penales o fiscales.
Los Jueces penales con funciones de garantías no deben seguir siendo los jueces que se encuentran en la base de la pirámide, porque al poder ser acusados por el titular de la acción penal, estos en muchos casos pierden autonomía e imparcialidad, presiones que como un simple observador el Ente acusador no puede ejercer sobre los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá cuando ejercen estas competencias, los cuales por su posición actúan de forma independiente, autónoma y son más garantistas.
Ya va siendo hora que en Colombia solo se cuente con un solo proceso, para que los fiscales, jueces y magistrados se familiaricen con el mismo y no tengan que estar cambiando si me permiten la expresión cada dos horas de camiseta en audiencia de la ley 906/2004 sistema acusatorio, a otro despacho en audiencia de la ley 600/2000 sistema inquisitivo.
La Reforma a la Justicia requiere cambios de carácter constitucional y legal que solo se pueden lograr en el primer año de gobierno, por lo cual reitero que los candidatos presidenciales están en mora de comunicarle al país como y que van a reformar del sistema judicial para que este recupere legitimidad, efectividad, eficacia, decoro y la majestad que necesita para poder dirimir las controversias y conflictos de los ciudadanos.
[1] Abogado de la U. de A., magister en derecho de la U. Sergio Arboleda, abogado litigante, integrante de la lista A del Centro de Arbitraje de las Cámaras de Comercio de Bogotá y Casanare en las especialidades de Administrativo y penal, profesor universitario en derecho disciplinario, administrativo sancionatorio y contratación estatal, exmagistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.

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